Carnet personas con discapacidad - vehículos adaptados
Permiso de conducir para discapacitados, extraordinadio con vehículos adaptados y sujetos a condiciones restrictivas
Inicio > Tipos de Carnet > Licencias de conducir especiales > Permiso de conducir para personas con discapacidad .El carnet para discapacitados autoriza a conducir los mismos vehículos que autoriza el carnet que en cada caso se trate sujeto a condiciones restrictivas para discapacitados
Requisitos
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¿QUIÉN PUEDE OBTENER EL CARNET EXTRAORDINARIO?
- Los que, por padecer enfermedad o deficiencia orgánica o funcional, únicamente puedan obtener permiso o licencia de conducción extraordinarios sujetos a condiciones restrictivas, podrán utilizar durante el aprendizaje y en la realización de las pruebas ciclomotores, vehículos para personas de movilidad reducida o vehículos provistos de cambio automático o semiautomático o adaptados a la deficiencia de la persona que haya de conducirlos, de acuerdo con el dictamen del centro de reconocimiento autorizado o de la autoridad sanitaria, en su caso.
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¿REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS VEHÍCULOS ADAPTADOS?
- Los coches adaptados para discapacitados que vayan a utilizarse en el aprendizaje y en la realización de las pruebas de control de aptitudes y comportamientos en circulación en vías abiertas al tráfico general para obtener el permiso o licencia de conducción de que se trate sujeto a condiciones restrictivas, estarán provistos de dos espejos retrovisores interiores y dos exteriores, uno a cada lado, y dobles mandos de freno y acelerador y, si fuera posible, de embrague.
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COMPROBACIONES EN LAS PRUEBAS DE CONTROL DE APTITUDES
- En los casos a que se refiere el apartado 1, en la realización de las pruebas de control de aptitudes y comportamientos se efectuarán las comprobaciones oportunas para valorar la eficacia de la prótesis, si existiera, verificar si las características del vehículo, así como si las adaptaciones, restricciones u otras limitaciones en la persona, el vehículo o de circulación que pudieran imponerse, y que se consignarán en el permiso o licencia que, en su caso, se expida, ofrecen las suficientes garantías de seguridad. La Jefatura Provincial de Tráfico, si lo considera necesario, podrá requerir al efecto otros informes complementarios y, en especial, el asesoramiento de un médico que podría ser designado por los servicios sanitarios competentes.
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Particularidades
a tener en cuenta
- Si no reúnes las condiciones psicofísicas para obtener un carnet puedes obtener uno extraordinario.
- Utilizarás un vehículo adaptado de acuerdo con el dictamen del centro de reconocimiento autorizado o de la autoridad sanitaria, en su caso adaptado a tu discapacidad.
- Existen dos opciones: vehículo propiedad del centro de formación. Vehículo de tu propiedad al cual se le añade de forma temporal dos espejos retrovisores interiores y dos exteriores, uno a cada lado y dobles mandos previa autorización de la JPT.
- Los requisitos para la obtención son los que en cada carnet corresponda.
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Dependiendo de tu discapacidad en Autostool puedes encontrar información sobre la accesibilidad a las autoescuelas, así como, los centros que cuentan con coche especial para poder conseguir tu permiso con total normalidad.
Real Decreto
En el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores en su ANEXO IV (Aptitudes psicofísicas requeridas para obtener o prorrogar la vigencia del permiso o de la licencia de conducción) puedes encontrar el listado de enfermedades y deficiencias que serán causa de denegación o de adaptaciones, restricciones de circulación y otras limitaciones en la obtención o prórroga del permiso o la licencia de conducción: 1 Agudeza visual, 2 Capacidad auditiva, 3 Sistema locomotor,4 Sistema cardiovascular, 5 Trastornos hematológicos, 6 Sistema renal, 7 Sistema respiratorio, 8 Enfermedades metabólicas y endocrinas, 9 Sistema nervioso y muscular, 10 Trastornos mentales y de conducta, 11 Trastornos relacionados con sustancias, 12 Aptitud perceptiva-motora, 13 Otras causas no especificadas.
I.V.A. superreducido para coches adaptados
Recordarte que antes de adquirir coches adaptados para discapacitados se debe solicitar la aplicación del I.V.A. superreducido del 4% rellenando el modelo de solicitud disponible en la Delegación de Hacienda que corresponda.
¿Dónde presentar la solicitud?
La solicitud podrás presentarla, siempre que se adapte, para transportar personas de manera habitual, acreditando un grado de discapacidad igual o superior al 33% mediante el correspondiente certificado o resolución del órgano competente. Si eres pensionista de la Seguridad Social y tengas reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez. Si eres pensionista de clases pasivas que tengan reconocida pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente, también si tienes una incapacidad declarada judicialmente (65%). Puedes encontrar más información en la Confederación Española de personas con discapacidad física y órganica.
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